La Junta de Gobierno Local ha aprobado una moción que exime a las comisiones falleras de utilizar el registrador sonoro en las actuaciones musicales con equipos de amplificación y reproducción sonora dentro de las carpas durante el periodo fallero establecido en el bando municipal. Este avance responde a una demanda histórica del sector fallero, como señaló el concejal portavoz, Juan Carlos Caballero, tras la reunión de la Junta. La medida será efectiva una vez que el Pleno Municipal ratifique la modificación del artículo 42 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica.
Qué implica la exención del registrador sonoro
El registrador sonoro, o sonógrafo registrador, es un dispositivo que mide y almacena los niveles de ruido en un área determinada. Aunque las comisiones falleras estarán exentas de usar este aparato en las carpas, deberán seguir cumpliendo con el uso de un limitador de audio que garantice que el nivel máximo de emisión no supere los 85 dBA.
Es importante destacar que los limitadores son dispositivos diseñados para controlar los picos acústicos y minimizar la contaminación sonora. La moción aprobada deja claro que esta exención no se aplicará a las actividades celebradas en la vía pública fuera de las carpas, donde se mantiene la obligación de utilizar limitador y registrador, con un límite máximo de 90 dBA.
Un reclamo histórico del sector fallero
La modificación de la Ordenanza responde a una petición reiterada por el sector fallero. En la Asamblea General del 11 de septiembre de 2023, los presidentes de fallas solicitaron que se revisaran las normativas relacionadas con el uso de registradores sonoros en las actuaciones musicales gestionadas por las comisiones falleras.
La Junta argumenta que, dado que las actividades dentro de las carpas suelen implicar una menor concentración de público y un impacto acústico más limitado, el uso del registrador no resulta estrictamente necesario, siempre que se respeten los límites establecidos por el limitador.
Regulación en la vía pública
En contraste, las actuaciones musicales celebradas en la vía pública, como verbenas y conciertos, presentan un mayor impacto acústico. Por esta razón, se exige la utilización tanto del limitador como del registrador sonoro para garantizar el cumplimiento del límite de 90 dBA, que es superior al permitido en las carpas.
Fallas: Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad
El acuerdo subraya la importancia cultural y patrimonial de las Fallas, declaradas Patrimonio Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO en 2016. Además de los monumentos y objetos tangibles, esta distinción pone en valor las tradiciones, rituales y espectáculos que constituyen un nexo intergeneracional y refuerzan la identidad cultural de la comunidad.
Desde la Concejalía de Fallas se recalca que las comisiones falleras son un pilar fundamental de este patrimonio. La exención busca facilitar su labor y preservar las tradiciones mientras se garantiza el equilibrio con las normativas de protección acústica.